Día internacional de los pueblos indígenas
Proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU)
@Fernanda Soto
Los pueblos indígenas conforman más de 5 mil grupos distintos en unos 90 países. Están constituidos por 370 millones de personas aproximadamente, es decir, más del 5 por ciento de la población mundial y, sin embargo, se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables, representando el 15 por ciento de los más pobres.
Son tan importantes porque practican culturas y formas únicas y valiosas de relacionarse con su entorno, y retienen rasgos sociales, culturales y políticos que son muy diferentes a la sociedad globalizada.
A lo largo de la historia, sus derechos han sido siempre violados. En la actualidad, se encuentran sin duda entre las poblaciones más vulnerables y perjudicadas del mundo. La comunidad internacional reconoce ahora que se necesitan medidas especiales para proteger sus derechos y mantener sus culturas y formas de vida.
Las mujeres indígenas son los pilares de los pueblos indígenas y juegan un papel crucial en la preservación y transmisión de los conocimientos tradicionales.
Tienen un rol colectivo y comunitario integral como guardianas de los recursos naturales y del conocimiento científico. Muchas mujeres indígenas también están tomando la iniciativa en la defensa de las tierras y territorios, abogando por los derechos colectivos de los pueblos indígenas en todo el mundo, no se diga en Michoacán.
Sin embargo, las mujeres indígenas de nuestro país son doblemente indiscriminadas: por ser mujer y por ser indígena, lo cual las pone en un estado de vulnerabilidad mayor al resto de la población femenina.
De acuerdo con la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), la discriminación estructural y de violencias en contra de las mujeres indígenas se detectan en la violación de los derechos colectivos, civiles, económicos, sociales y culturales
“Son una forma de violencia estructural contra las mujeres indígenas. La violencia contra las mujeres indígenas está estrechamente vinculada con las formas continuas e intersecciones de discriminación que enfrentan”, fue la conclusión que se publicó por el estudio realizado en el 2020 por CIDH, realizado por Mariquit de los Reyes Grey.
Según este análisis, la forma de violencia contra la mujer indígena se puede encontrar en toda acción o conducta, basada en su género, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público, como en el privado. La CIDH considera que la violencia obstétrica y espiritual son también formas de violencia contra la mujer, prohibidas en la Convención de Belém do Pará.
“Abarca todas las situaciones de tratamiento irrespetuoso, abusivo, negligente, o de denegación de tratamiento, durante el embarazo y la etapa previa, y durante el parto o postparto, en centros de salud. Debido al papel singular de las mujeres indígenas como líderes espirituales y garantes de la cultura indígena, la violencia perpetrada en diferentes contextos las perjudica en el plano físico, cultural y espiritual”, fue la postura.