Pensión compensatoria para divorciadas en desprotección económica será propuesta de Barragán Vélez

 Pensión compensatoria para divorciadas en desprotección económica será propuesta de Barragán Vélez

Es una iniciativa con proyecto de decreto que modifica el Código Familiar del Estado

@Marina Martínez

El Congreso del Estado analizará modificar el Código Familiar del Estado, para otorgar una pensión compensatoria a las mujeres que, tras disolver el vínculo matrimonial, hayan quedado en la desprotección económica.

La propuesta presentada por el diputado guinda, Juan Carlos Barragán Vélez, junto con otras tres legisladoras, es una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 272 Bis al Código Familiar del Estado.

La iniciativa refiere que, al momento de la disolución del vínculo matrimonial, además de soportar la carga emocional, en muchos casos, la mujer queda desprotegida económicamente, debió a que se dedicó preponderantemente al hogar y al cuidado de los hijos.  

Señala que, esta situación en México se da principalmente con las mujeres, debido a la inequidad laboral y salarial, y a que no tienen los medios necesarios para reincorporarse al mundo laboral.

La propuesta indica que, en varios estados de la República, ya se prevé un resarcimiento, para el cónyuge que se encuentra en la situación de vulnerabilidad, por lo que, se reconoce el valor del trabajo en el hogar o el cuidado de los hijos, y de alguna manera se le equipara con la labor remunerada realizado por el otro cónyuge.

La pensión compensatoria, será una prestación económica que tiene derecho a percibir el cónyuge a quien la separación o divorcio le cause un desequilibrio económico, con relación a la situación económica que tenía durante el matrimonio.

Recalca que, si bien, la pensión compensatoria se puede otorgar a ambos cónyuges, la intención principal de la iniciativa es proteger esencialmente a la mujer, por ser ellas quienes padecen en la mayoría de los casos la imposibilidad de generar un patrimonio que les permita hacer frente a las necesidades de sus hijos y ellas mismas.

La iniciativa destaca que, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el valor económico de ser ama de casa en México registró un nivel equivalente a 5.5 billones de pesos en 2018, lo que representó 23.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) nacional.

Por lo anterior, Barragán Vélez, contempla que, al igual que otras labores, se reconozca el trabajo doméstico que se realiza dentro del propio hogar, para evitar la desigualdad de género, ya que, al momento en que, una mujer se dedica de lleno a las labores de casa, además de no recibir un salario para poder ahorrar para su futuro, también es carente de experiencia laboral y capacitación.

Para que, la mujer o el hombre, pueda acceder a la pensión compensatoria, deberá solicitarla al juez y demostrar que existe un desequilibrio económico, tras la disolución del vínculo matrimonial.

Explica que, en caso de divorcio, el Juez otorgará pensión compensatoria a favor del cónyuge que, durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos; y no hubiere generado los medios para tener una independencia económica, o esté imposibilitado para trabajar o carezca de bienes, o teniéndolos no alcancen la proporción equivalente en valor a los generados por el otro. En la resolución se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad, tomando en consideración para ello, las circunstancias contenidas en artículo 273 de la presente ley.

Sin embargo, contiene una cláusula que precisa que, el derecho a la pensión compensatoria se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio.

 

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