La 76 Legislatura aprobó reformas para tipificar violencia digital, mediática, ciberacoso, acecho y el uso de inteligencia artificial para “desprestigiar” a una o varias personas. Las sanciones van de 6 meses a 6 años de prisión y multas de hasta 500 días.
Aunque el dictamen promete proteger a mujeres, niñas, niños y adolescentes, surgió una alerta dentro del propio Congreso: ¿la ley puede usarse para callar críticas? Es la pregunta que surge tras declaración del diputado del PRI.
🗣️ El priísta Guillermo Valencia advirtió que conceptos como “campañas de desprestigio” están mal definidos y pueden abrir la puerta a que funcionarios usen la ley para perseguir opiniones incómodas.
“El Estado no debe vigilar lo que decimos. Hay que cuidar que esta ley no coaccione la libertad de expresión”, reclamó EN EL APARTADO DE VIOLENCIA POLÍTICA.
⚠️ ¿El problema? El delito incluye penas para quienes usen IA o redes para “revelar información personal” con el fin de causar daño a la reputación. Pero… ¿Quién decide qué es desprestigio? ¿Una crítica o denuncia ciudadana podría criminalizarse? ¿Activistas, periodistas y usuarias de redes están protegidas?
✔ Lo positivo: – Se reconoce la violencia digital que afecta mayormente a mujeres. – Se tipifica el ciberacoso y el acecho. – Se agravan penas cuando las víctimas son menores o personas vulnerables.
❗ Lo preocupante: – Conceptos vagos pueden usarse para intimidar críticas. – El Estado podría intervenir en lo que ciudadanas publican. – La línea entre proteger y censurar queda borrosa.
En tiempos donde la violencia digital crece, es urgente que esta reforma se reglamente con claridad para proteger sin censurar. Porque defender a las víctimas no debe significar callar a quienes denuncian. Desde Fonema estamos activas sobre la erradicación de la violencia, lo mismo sobre el derecho de crítica y denuncia a través de nuestras redes sociales.