Garantía de casas dignas para compradores, propone diputada, Moni Valdez
En el pleno presentó iniciativa de reforma a las leyes para que los fraccionadores y ayuntamientos se coordinen para que los michoacanos tengan certeza de comprar bienes comunes para una vida digna
@Marina Martínez
La diputada perredista, Mónica Estela Valdez Pulido, busca dar certeza a los compradores de inmuebles de modo que los notarios y fedatarios no puedan otorgar escrituras sí existen obras inconclusas en las inmediaciones o no cuentan con servicios básicos para vivir con dignidad.
Fue durante la sesión ordinaria de este jueves que presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código de Desarrollo Urbano, de la Ley Orgánica Municipal, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas y de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la entidad.
Su propuesta establece que los fraccionadores y los Municipios cumplan sus obligaciones, para que los compradores de vivienda cuenten con la garantía de que están invirtiendo correctamente su patrimonio, ante el engaño que están expuestos actualmente en la compraventa de inmuebles en Michoacán.
“Las autoridades deben ejecutar las garantías cuando sea necesario, pero para ello es importante dejar de otorgar permisos de venta si no se cumple con todos los requisitos y que el municipio cumpla a cabalidad el derecho a la ciudad de sus gobernados”, recalcó.
Por lo anterior, se pide que se sancione a los desarrolladores inmobiliarios que incumplen o incurren en obras de urbanización inconclusas y no sujetas a las especificaciones y diseño contenidos en la autorización definitiva de acuerdo a lo establecido en el Código de Desarrollo Urbano del Estado, y hará efectiva la garantía determinada en el mismo ordenamiento, además el municipio deberá llevar a cabo la terminación de las obras inconclusas o faltantes en el desarrollo, garantizando así a sus gobernados el derecho a la ciudad.
Se pide que los notarios y demás fedatarios públicos, solo podrán autorizar escrituras de los actos, contratos o convenios previa exhibición y comprobación de la existencia de las garantías y fianza, proyecto aprobado, constancias autorizaciones, permisos o licencias que los Ayuntamientos expidan y el desarrollador tenga obligación de comprobar.
Especifica que, una vez concluida la totalidad de las obras de urbanización, el promovente notificará por escrito a la Dependencia Municipal terminación de las mismas, a fin de que éstas de considerarlo procedente, emita el dictamen técnico aprobatorio de la ejecución de dichas obras.
Señala que, en el caso de que el desarrollador, incurra en obras de urbanización inconclusas o no sujetas a las especificaciones y diseños contenidos en la autorización definitiva, se hará efectiva la garantía por parte de las autoridades municipales, quienes deberán llevar a cabo la terminación de las obras inconclusas o faltantes en el desarrollo, garantizando así a sus gobernados el derecho a la ciudad.