28S: Por la libertad de las mujeres
Este Día de Acción Global para el Acceso al Aborto Legal y Seguro en América Latina y el Caribe fue tal vez más significativo que otros en cuanto se han dado en la región algunos avances hacia el pleno acceso de las mujeres a una maternidad libremente decidida
@Fonema / Redacción
Aunque en México se ha despenalizado el aborto a nivel federal, hay legislaciones locales que aún criminalizan a las personas que deciden interrumpir su embarazo
En septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo un fallo histórico para proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar: determinó que perseguir y penalizar con cárcel a quienes abortan va en contra de la Constitución mexicana. Durante aquella discusión, la entonces ministra y actual presidenta de la Corte, Norma Piña, criticó que las normas antiaborto únicamente existen para castigar “la conducta sexual de la mujer”.
Arturo Zaldívar celebró que, a partir de esa decisión, ya no se podría “procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”. Sin embargo, la realidad en las calles de México dista de la norma escrita en el papel; las personas aún enfrentan dificultades, estigmas, desinformación y discriminación cuando por diversos motivos, causas y contextos interrumpen su embarazo.
A tres años del fallo, aún hay Estados que no han homologado sus Códigos penales locales. Es decir, continúan penando el aborto y criminalizando a las personas que lo practican, a quienes les ayudan o brindan acompañamiento. El Estado de México es una de esas entidades. Recientemente, la organización Human Rights Watch (HRW) presentó un informe en el que documentó las trabas que enfrentan las mujeres para hacer valer sus derechos reproductivos en ese territorio: médicos que se niegan a brindar atención, malos tratos e incluso obstáculos inventados.
Aguascalientes es otro Estado que ha disparado las alarmas de activistas y organizaciones, luego de que el Congreso estatal despenalizara el aborto para posteriormente aprobar una reforma al Código Penal con el objetivo de limitar la interrupción del embarazo voluntaria a un plazo de solo seis semanas de gestación, un retroceso que va en contra de lo que ya determinó la Corte y de lo que indican organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Cada 28 de septiembre se conmemora el Día de Acción Global por un aborto legal y seguro, un derecho al que las mujeres y personas gestantes en México aún no acceden por completo. Este es un resumen del estado de la despenalización del aborto en el país, y los retos que persisten para garantizar su completa accesibilidad.
Hitos de la despenalización del aborto en México
El camino hacia la despenalización ha estado marcado por importantes hitos que reflejan tanto avances como desafíos en la búsqueda de la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes. “Ha sido un (recorrido) muy positivo”, dice Rebeca Ramos, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), pero además “histórico” por lo que ha determinado la Corte en los últimos años. Primero, al declarar inconstitucional la penalización abosoluta del aborto y reconocer la “obligación del Estado de prestar los servicios, de atender de manera segura y proteger los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes”. Y, posteriormente, el haber cimentado la ruta para eliminar la interrupción del embarazo como delito. En enero de este año, una sentencia de la SCJN ordenó eliminar el delito de aborto del Código Penal Federal a raíz de una demanda de amparo. Ramos refiere que el “aborto se ha regulado desde el derecho penal, no como un asunto de salud, sino como un delito”, pero la determinación de la Corte es un primer paso para cambiar esa narrativa punitivista.
Leslie Urzúa, abogada feminista y coordinadora de proyectos en la ONG Impunidad Cero, agrega que la principal implicación es que instituciones como el IMSS o el ISSSTE ya estarían obligadas a practicar abortos. La otra gran ventaja es que “al tener una disposición penal que te sanciona por abortar, en automático imposibilitan otro tipo de normas, ya sea leyes administrativas o normas oficiales, para brindar el servicio”. Sin embargo, este ajuste aún no entra en vigor pues requiere que el Congreso aborde y apruebe la resolución de la SCJN.