Pide cárcel Baltazar Gaona para todo aquel que ayude a abortar a una mujer
Propuso de hasta 3 años de cárcel y multas arriba de los 50 mil pesos a toda persona o asociación que apoye a la mujer a interrumpir el embarazo
@Marina Martínez
El legislador por el Partido del Trabajo (PT), Baltazar Gaona García, propuso cárcel de hasta tres años y multas que podrían alcanzar los 50 mil pesos, para toda personas o asociación que brinde información o apoyo para ayudar a una mujer a interrumpir su embarazo.
Fue en la última sesión ordinaria, correspondiente al segundo periodo legislativo que presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 142 del Código Penal para Michoacán, que busca castigar con prisión a todo aquel que ayude a una mujer a abortar, independientemente de que esta no quiera al producto.
Jactándose de defender a la mujer, el político petista, indicó que, según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), una de cada tres mujeres ha sido víctimas de violencia física, psicológica y sexual.
Y que, algunos factores que originan la violencia de pareja son un historial de maltrato durante la infancia; violencia familiar; baja escolaridad; trastornos de personalidad; abuso del alcohol; o, inspirar sospechas de infidelidad en la pareja.
“Está comprobado que el aborto tiene muchos riesgos, ya que de entrada causa la muerte del bebé que está en el vientre de la mujer, además de que en la mujer embarazada puede causar infertilidad, problemas psicológicos, ansiedad, insomnio y hasta el suicidio, ya que el aborto es una experiencia que nunca se olvida”, opinó.
Por lo anterior, propuso reformas al artículo 142 del Código Penal del Estado, que a la letra señala que a quien hiciere abortar a una mujer con consentimiento previo de ésta, se le impondrá de dos a tres años de prisión además de una multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), que conforme al precio de la misma en la actualidad iría de los 9 a cerca de 50 mil pesos.
Añade que, si el consentimiento se hubiese inducido empleando violencia física, económica o psicológica o mediante engaños, a la persona o personas que hayan inducido el consentimiento se les impondrá, de seis a nueve años de prisión además de una multa de doscientas a mil veces el valor diario de la UMA, así como la reparación del daño.